Contrato mediante el cual una persona (mandatario) se obliga, a cambio o no de un precio, a actuar frente a terceros por cuenta de otra persona (mandante). Si el mandatario actúa en nombre propio y por cuenta ajena (del mandante) el mandato se llama «simple»; mientras que si aquel actúa en nombre y por cuenta del mandante se denomina «mandante representativo».
Al mandato de naturaleza mercantil se le denomina comisión (véase).