Teniendo en cuenta que cualquier actividad aseguradora ha de apoyarse en la Ley de los Grandes Números, el fin primordial que debe perseguir cada entidad es conseguir un volumen de riesgos asegurados lo suficientemente amplio («masa») para dar solidez técnica a su actividad, que de otra forma quedaría convertida en un simple juego apoyado en el azar, en donde el riesgo, el siniestro y el pago de la indemnización quedarían supeditados a una circunstancia que, por principio, es totalmente opuesta a la esencia del seguro: la suerte.
Con independencia de que en determinados momentos puedan surgir situaciones catastróficas esencialmente anormales o, en sentido opuesto, puedan transcurrir periodos de tiempo con beneficio innegable para quienes ejercitan el seguro, lo normal es que los siniestros tengan una frecuencia y una intensidad relativamente uniformes, se manifiesten con periodicidad constante en un determinado lapso de tiempo y afecten por igual a un determinado grupo de personas u objetos asegurados. Sólo sobre estas bases puede hacerse el estudio estadístico de la probabilidad media del siniestro y fijarse el precio de tal probabilidad: la prima.
Se entiende entonces que cualquier actividad aseguradora haya de contar, como requisito indispensable, con una masa asegurable que haga viable el cumplimiento efectivo de la Ley de los Grandes Números, de forma que se reduzcan las desviaciones entre los estudios estadísticos y los siniestros realmente acaecidos.