Defensor del asegurado y defensor del cliente, defensor del mutualista.
Expresión en inglés que ha adquirido carta de naturaleza en todo el mundo para significar a la persona y por analogía, la institución que asume la función de defender, bajo criterios de equidad, a ciudadanos ante la Administración, y por analogía, a los usuarios o consumidores ante las empresas prestadoras de servicios.
En España su denominación constitucional es la de Defensor del Pueblo. La figura del ombudsman ha hecho acto de presencia en la industria aseguradora y se crea esta institución, a nivel de aseguradora, destinada a resolver las diferencias surgidas entre aseguradores y asegurados mediante la formalización de resoluciones, que normalmente son vinculantes para los aseguradores, pero no para los asegurados que continúan pudiendo ejercer, en defensa de sus derechos, las acciones legales que les pudieran corresponder. En España se ha acuñado para esta figura la expresión de defensor del asegurado.
Diccionario de seguros