Cuando fallece uno de los cónyuges (o los dos), quedan en situación de orfandad los hijos que tuvieran el causante (o causantes), cualquiera que sea la naturaleza legal de su filiación.A los efectos de las prestaciones de la Seguridad Social, si al fallecer el causante alguno (o varios) de sus hijos son menores de determinada edad u otras circunstancias (incapacitados, cursando estudios,…), podrán ser beneficiarios de la pensión de orfandad, según determinación reglamentaria.