Diccionario de seguros

pacto de exclusiva (exclusive agreement)

Propio de la contratación mercantil, especialmente en la compraventa. Consiste en que una persona (concedente) se compromete con otra (exclusivista o concesionario) a celebrar determinado tipo de contrato sólamente con esta última y no con otras. La exclusividad puede darse tanto a favor del comprador como del vendedor.