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Diccionario de seguros

pacto de reserva de dominio (domain reserve agreement)

Cláusula utilizada en los contratos de compraventa en virtud de la cual el vendedor se reserva la propiedad de la cosa vendida hasta que haya sido totalmente satisfecho el precio convenido, momento en el que el comprador adquirirá la plena propiedad de lo comprado.

Es un pacto especialmente utilizado en las compras a plazos de bienes de consumo.