Autorización, hoy en desuso, por la que un estado concedía al propietario de un buque particular la posibilidad de ir armado y actuar bélicamente contra los intereses de un país enemigo.
Podía ser concedida también para que el buque corsario pudiera defenderse si, en su navegación pacífica, era atacado por otros, en cuyo caso estaba autorizado para quedarse con el botín obtenido.