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Diccionario de seguros

principio de transparencia en los fondos de pensiones (transparency principle in the pensions plans)

Obligación de las sociedades gestoras de suministrar anualmente al Órgano de Control (en España, Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones) información reservada de cada uno de los planes y fondos gestionados. Además, es obligatorio remitir a cada partícipe una certificación con las aportaciones, directas o imputadas, realizadas durante la anualidad, y el valor final de sus derechos consolidados.