Es una forma especial de configurar el derecho de propiedad sobre inmuebles divididos por pisos o locales en el plano horizontal, reconociéndose a su titular el derecho exclusivo de propiedad sobre el piso o local y un derecho de copropiedad sobre los elementos comunes del inmueble.
La escritura pública que constituya el régimen de propiedad horizontal para inmuebles, deberá describir el inmueble en su conjunto, con todos y cada uno de los pisos y locales que lo forman, así como establecer la cuota de participación de cada uno de ellos, que servirá para precisar su respectiva participación en los gastos comunes.