Cantidad que, de acuerdo con las normas estatutarias, se reintegra a los accionistas (o a los mutualistas) en caso de disolución de una sociedad anónima (o una mutualidad), una vez finalizadas las operaciones liquidatorias.
Cantidad que, de acuerdo con las normas estatutarias, se reintegra a los accionistas (o a los mutualistas) en caso de disolución de una sociedad anónima (o una mutualidad), una vez finalizadas las operaciones liquidatorias.