Pagos realizados por un seguro de vida cuando el asegurado haya estado incapacitado para trabajar por un período de, al menos, seis meses. Durante el período de incapacitación se aplica la renuncia de la aseguradora al cobro de las primas.
Pagos realizados por un seguro de vida cuando el asegurado haya estado incapacitado para trabajar por un período de, al menos, seis meses. Durante el período de incapacitación se aplica la renuncia de la aseguradora al cobro de las primas.