Con arreglo a esta cobertura propia de los ciberseguros, el asegurador abona por cuenta del asegurado las compensaciones e indemnizaciones a las que resulte legalmente obligado como consecuencia de cualquier reclamación efectuada con ocasión de una transgresión de datos no intencionada, real o supuesta, que provenga de la violación de datos de carácter personal, incluyendo información sobre tarjetas de crédito o débito; el fallo del asegurado en el cumplimiento de sus deberes de notificación por violación de datos; la inobservancia de derechos de confidencialidad como resultado directo del fallo del asegurado de mantener la confidencialidad de cualquier dato de un empleado; la infracción de derechos de confidencialidad , incluyendo un incumplimiento de cualquier provisión de acuerdo de no revelación o de una garantía contractual relacionada con la confidencialidad de información de carácter comercial o personal; la falta del aviso de privacidad del sitio web del asegurado; el quebrantamiento de cualquier contrato escrito entre el asegurado y un tercero a cargo del procesamiento y custodia de datos de tarjetas de crédito, incluyendo cualquier incumplimiento del PCI DSS (Payment Card Industry Data Security Standard); la obligación legal de pagar los gastos de reemisión de tarjeta, los gastos de investigación forense y compensación por transacciones de carácter fraudulento al procesador de pagos, banco emisor o banco adquirente del asegurado.
Véase también responsabilidad por uso y tratamiento de información
Véase también responsabilidad por actividades en medios digitales
Diccionario de seguros