Por este seguro, la entidad aseguradora se compromete a devolver el dinero si la boda se cancela por motivos ajenos a la pareja. Las eventualidades que asegura pasan por el fallecimiento accidental, accidente o enfermedad grave de una persona asegurada (especialmente los testigos), fenómenos externos como una tormenta, retención del tráfico, huelga de transportes, e incluso el incumplimiento de un proveedor, como por ejemplo el catering. En cambio, quedan exentos de compensación la renuncia del novio o de la novia, la falta de medios financieros para cubrir los gastos o el estado físico, psicológico o médico de las personas aseguradas. Se encuadra dentro de los denominados Seguros de Contingencias.