Aquel por el que se garantizan los riesgos de robo y expoliación durante el transporte de dinero en metálico efectuado por cobradores o transportadores de fondos. Este seguro se establece normalmente mediante un sistema de liquidación de capitales, calculando inicialmente una prima provisional, que es posteriormente ajustada después de la declaración de la cantidad exacta que haya sido transportada y cubierta durante el periodo de seguro vencido.