Aquel que garantiza al asegurado la entrega de una indemnización en caso de incendio (véase) de los bienes determinados en la póliza o la reparación o reposición de las piezas averiadas. En general, la finalidad principal de este seguro es el resarcimiento de los daños sufridos en los objetos asegurados a causa de un fuego, incluyéndose asimismo los gastos que ocasione el salvamento de esos bienes o los daños que se produzcan en los mismos al intentar salvarlos.
También puede garantizarse en la misma póliza de incendios una serie de coberturas o seguros complementarios, tales como:
- La responsabilidad civil en que, a consecuencia del incendio, haya podido incurrir frente a terceros el propietario de los bienes dañados, o pudiera haber incurrido el asegurado, como arrendatario del local incendiado, frente al propietario del mismo. Véase riesgo locativo.
- La pérdida de alquileres que pudiera sufrir el propietario del edificio incendiado. Véase también seguro de pérdida de alquileres.
- La pérdida de beneficios producida a causa de la paralización del trabajo en la empresa o explotación incendiada. Véase también paralización de industria y seguro de pérdida de beneficios.
- Los gastos de desescombro del edificio incendiado, así como los causados por la intervención de bomberos para la extinción del fuego. Véase arbitrio de bomberos.
- Los daños producidos por la caída del rayo o por explosión, aunque de estos hechos no se derive incendio.
La tarificación del riesgo de incendios es compleja, ya que es preciso tener en cuenta todas las circunstancias que en uno u otro grado pueden influir en la producción del siniestro. Véase riesgos contiguos, riesgos distintos, riesgos próximos, riesgos industriales y riesgos sencillos.