En un escenario de las fusiones y adquisiciones de empresas, esta modalidad de seguro cubre al riesgo de que la inexactitud de las manifestaciones de la parte vendedora o el incumplimiento de las garantías ofrecidas por la misma a la parte compradora, genere alguna pérdida para esta última.
En estos casos y a cambio del pago de una prima, se desplazan las consecuencias del riesgo señalado al asegurador, que indemnizará al asegurado cuando se produzca el riesgo que es objeto de cobertura.Las pólizas de este seguro se pueden contratar por cualquiera de las dos partes de la compraventa de empresa porque ambas tienen interés en protegerse de estas contingencias:
- El vendedor pretende ofrecer al comprador una garantía complementaria para el caso de eventual incumplimiento por su parte de las manifestaciones y garantías.
- El comprador logra una garantía suplementaria a la personal o real que puedaofrecerle el vendedor para el caso de que este vendedor incumpla sus manifestaciones y garantías.