Sentido para el que está homologado un determinado sistema de retención infantil. Es necesario efectuar las precisiones siguientes:
- Orientado hacia delante significa orientado en el sentido normal de marcha del vehículo.
- Orientado hacia atrás significa orientado en el sentido opuesto al sentido normal de marcha del vehículo.
- Orientado hacia un lado significa orientado perpendicularmente al sentido normal de marcha del vehículo.