La Ley General de Seguridad Social española obliga al empresario a proceder a la afiliación del trabajador que ingrese a un servicio, y además le obliga también a «comunicar dicho ingreso y, en su caso, el cese de la empresa de tales trabajadores hasta que sean dados, respectivamente, de alta y baja en el Régimen General». Las situaciones de alta y baja tienen entre otros efectos, el importantísimo de marcar el período durante el cual existe obligación de cotizar a la Seguridad Social