¿Qué debo hacer si me encuentro un animal en la carretera?

Alrededor de 14 mil accidentes de tráfico se producen todos los años por animales en España

Inicio > Educación y divulgación > Prevención de lesiones > Prevención de accidentes en personas mayores > ¿Qué debo hacer si me encuentro un animal en la carretera?

Alrededor de 14 mil accidentes de tráfico se producen todos los años por animales en España. En 2014, los siniestros con perros y jabalíes fueron los que causaron más accidentes con víctimas. Por este motivo, es muy importante saber cómo actuar ante un animal en carretera y en caso de un siniestro.

¿Qué dice la normativa?

La Ley de Tráfico y Seguridad Vial indica que el conductor del vehículo tiene preferencia de paso respecto de los animales, salvo en las cañadas señalizadas y cuando se vaya a girar con el vehículo para entrar en otra vía y haya animales cruzándola, aunque no exista paso para éstos. Tampoco tiene preferencia el conductor cuando el vehículo cruce un arcén por el que estén circulando animales que no dispongan de cañada.

Por supuesto, está prohibida la circulación de animales por autopistas y autovías y, aunque no deben circular por la carretera, en ocasiones es inevitable que animales despistados interrumpan en la vía, especialmente en carreteras secundarias.

Según datos facilitados por la Dirección General de Tráfico (DGT), en 2014 hubo 146 accidentes con víctimas en los que el animal no pudo ser identificado. El mayor número de este tipo de siniestros se producen con perros (246), seguido del jabalí (167). El equino también estuvo involucrado en  67 accidentes con víctimas, así como el corzo, que estuvo en 45.

¿Qué hacer?

Cuando estemos circulando por vías donde la presencia de animales suele ser habitual, donde hay señalización al respecto, en vías secundarias, vías con abundante vegetación…debemos extremar la precaución reduciendo la velocidad, ya que de esta forma tendremos mayor tiempo para reaccionar ante una posible invasión de la vía por parte de un animal.

Si nos encontramos con un animal en la vía, reduciremos la velocidad siempre teniendo en cuenta nuestra propia seguridad y la del resto de usuarios. Si podemos pararnos con seguridad, así lo haremos. En caso contrario, si con ello podemos comprometer nuestra seguridad y la del resto, nos veremos obligados a colisionar contra el animal. Y es que es preferible chocar contra él que contra un vehículo u otro elemento más rígido y de mayor peso.

Debemos tener en cuenta que los animales que están en la carretera suelen estar desorientados. Por ello evitaremos darle con las luces largas e intentaremos que se retire de la vía.

Si hablamos de un animal grande como puede ser un jabalí y hemos conseguido frenar, pasaremos a su lado a una velocidad reducida para no asustarle. Nunca sabemos cómo pueden reaccionar. En este caso, tendremos que avisar a la policía o guardia civil.

Si no podemos evitar el choque, como hemos dicho por nuestra seguridad y la del resto de usuarios, tendremos que frenar a fondo para que la fuerza del choque sea la menor posible. Sujeta con fuerza el volante para no perder la dirección.

Después del accidente, realiza el protocolo PAS: Protege la zona para que no haya un nuevo accidente y avisa a la policía y a emergencia en caso de haber resultado alguien herido.

Sólo esquivaremos al animal cuando se pueda hacer con seguridad.

Responsabilidad del accidente

En este sentido, una disposición adicional de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial indica que en accidentes de tráfico ocasionados por atropello de especies cinegéticas en las vías públicas será responsable de los daños a personas o bienes el conductor del vehículo, sin que pueda reclamarse por el valor de los animales que irrumpan en aquéllas.

Una excepción la encontramos cuando el accidente de tráfico sea consecuencia directa de una acción de caza colectiva de una especie de caza mayor llevada a cabo el mismo día o que haya concluido doce horas antes de aquél. En este caso será responsable de los daños el titular del aprovechamiento cinegético o el propietario del terreno.

También podrá ser responsable el titular de la vía pública en la que se produzca el accidente como consecuencia de no haber reparado la valla de cerramiento en plazo, en su caso, o por no disponer de la señalización específica de animales sueltos en tramos con alta accidentalidad por colisión de vehículos con los mismos.