Situación en la que la Administración Pública no responde ante la petición de un ciudadano, una vez transcurrido el plazo legalmente establecido.
El silencio de la Administración respecto de una petición interpuesta ante ella equivale a la denegación de la misma (silencio negativo, regla general), o a su aceptación y aprobación (silencio positivo). El silencio negativo permite acceder a la siguiente instancia administrativa, o en su caso, al proceso contencioso-administrativo.
Véase acto administrativo y recursos administrativos.
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